Dicen los antijurados que si eres culpable, mejor que te
juzgue un tribunal del jurado, pero si eres inocente es preferible que te
juzgue un tribunal profesional, atribuyendo en consecuencia un mayor margen de
error al llamado jurado popular. Pero para quienes defendimos siempre y
abogamos por una Ley del Tribunal del Jurado, finalmente aprobada como Ley Orgánica
y publicada en el BOE del 23 de mayo de 1995, nos basta con recorrer una vez más
la exposición de motivos de la misma para darnos cuenta del avance que supone: “…Cada
período de libertad ha significado la consagración del jurado; así en la Constitución de Cádiz
de 1812,y en las de 1837, 1867 y 1931, y por el contrario cada época de de
retroceso de las libertades públicas ha eliminado o restringido
considerablemente ese instrumento de participación ciudadana…”
Vengan estas líneas como preámbulo de la visión que desde este
puente voy a trasladar a diario sobre el que probablemente sea el más mediático
de los juicios con jurado desde que fuera aprobada la
Ley Orgánica que lo regula: el llamado caso
Bretón, el crimen más perverso y de mayor frialdad que quien esto escribe ha retenido
en su memoria en el último medio siglo en nuestro país.
Los 22 puntos clave fijados por el Magistrado (profesional,
obviamente) que preside el Tribunal del Jurado sobre los que se juzga a José
Bretón son un relato de hechos que en esa especie de combate entre la mentira y
la verdad que supone cualquier proceso penal han de establecerse como probados
o no, para acabar así configurando, primero, un veredicto de culpabilidad o de
inocencia y, en consecuencia, una sentencia condenatoria o absolutoria: Desde
el desencadenante de la más vil de las venganzas (el divorcio de la madre de
sus hijos) hasta los gastos causados con la investigación (para no dejar ni un
solo detalle suelto), pasando por la minuciosa premeditación del crimen (el
acopio de leña, la compra de gas-oil, la preparación de lo que más pareciera un
horno crematorio, la consecución de tranquilizantes…), la alevosía del mismo
(con dos menores indefensos como víctimas sin posibilidad alguna de defenderse)
o, en fin, la creación de la torpe coartada, hecha mil pedazos por una
investigación policial ejemplar, el presidente del Tribunal del Jurando no ha
dejado fuera ni un solo punto clave de un escalofriante relato de hechos.
Todo hace prever que ni con tribunal profesional ni con
tribunal del jurado, José Bretón tiene un horizonte distinto que el de su
culpabilidad y, en consecuencia, su condena. Es verdad que él y su abogado han
optado por la defensa de negar los hechos. No seré yo quien cuestione la línea
de defensa, probablemente obligado el letrado a esgrimirla ante la negativa de
Bretón a confesar los hechos, derecho que le asiste a todo procesado. Pero Ruth
y José, las dos víctimas de este horrible crimen, que en vida se merecieron
otro padre, muertos de tan vil manera los dos se hubieran merecido que el autor
de sus vidas y de sus muertes tuviera el único gesto de decencia en su vida y
confesara públicamente su horrible crimen.
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